Aprueba Congreso del Estado reformas en materia de fuero

Morelia, Michoacán, 15 de diciembre de 2020. La septuagésima cuarta legislatura del Congreso del Estado de Michoacán aprobó las reformas correspondientes a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de fuero, misma que tiene la finalidad de establecer que, durante el tiempo de su encargo el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por lo que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano.

Con estas reformas también se pretende que el Titular del Poder Ejecutivo Federal, solo podrá ser acusado ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110 constitucional, en dicho proceso, la Cámara de Senadores resolverá con base en la legislación penal aplicable.

Es importante destacar que la figura del fuero es una inmunidad que se le confiere a determinados servidores públicos para salvaguardarlos de eventuales acusaciones sin fundamento, así como de mantener un equilibrio entre los Poderes; permitiendo con ello un desempeño eficaz de la función pública del servidor, impidiendo el seguimiento de procesos penales que resultan inútiles.

Con esto se armoniza la Constitución Política de Michoacán con la mexicana, pues el pasado 24 de julio de 2018 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Michoacán de Ocampo, el Decreto 425 que contiene diversas modificaciones a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, respecto a la eliminación de la declaratoria de procedencia, conocida como fuero.