Morelia; Michoacán, 19 de octubre del 2016.- Con el objetivo de dar certeza jurídica, así como protección eficaz de los bienes de los michoacanos, el Pleno del Poder Legislativo aprobó la reforma al artículo 208 del Código Penal del Estado, para castigar el robo de uso, obligando al infractor pagar al ofendido como reparación del daño el doble del costo del arrendamiento, alquiler o intereses de la cosa usada.
La Comisión de Justicia del Congreso del Estado presentó en sesión ordinaria el dictamen que contiene la iniciativa de reforma propuesta en el mes de abril de 2016, por los diputados Mario Armando Mendoza Guzmán, Xóchitl Gabriela Ruiz González, Wilfrido Lázaro Medina, Yarabí Ávila González, Raymundo Arreola Ortega y Roberto Maldonado Hinojosa.
En la exposición de motivos los legisladores señalaron que actualmente el Código Penal el robo simple difiere del robo de uso, radicando la diferencia en que el primer caso puntualiza que el hurto es definitivo, mientras en el robo de uso es de carácter temporal, dando una pena menor en el segundo caso, a pesar de que en ambos apoderamientos se lleva a cabo sin el consentimiento de quien legalmente puede disponer de ella conforme a derecho.
Asimismo exponen la necesidad de establecer el principio de proporcionalidad ya que en la actual legislación se penalizaba el robo de uso, de seis meses a tres años de prisión, siempre que se justifique no haberse negado a devolverla; por lo que ahora será penalizado de acuerdo al artículo 200 del mismo Código, es decir la gravedad de pena será de acuerdo a los daños causados.